La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) resolvió revocar la autorización para operar de La Nueva Cooperativa de Seguros Limitada, tras verificar el incumplimiento de los requisitos patrimoniales y de solvencia exigidos por la Ley N° 20.091.
La medida fue adoptada luego de un prolongado proceso de supervisión iniciado en 2025, cuando la aseguradora omitió presentar sus estados contables correspondientes al primer trimestre de ese año. A partir de entonces, el organismo de control dispuso sucesivas medidas cautelares, incluyendo la inhibición general de bienes y restricciones adicionales derivadas de irregularidades detectadas en la administración y la contabilidad de la entidad.
Según informó la SSN, el análisis de los estados contables cerrados al 30 de septiembre de 2025 reveló un déficit de capitales mínimos superior a los $3.266 millones, un déficit de cobertura de aproximadamente $2.976 millones y un déficit de cobertura de compromisos exigibles y siniestros liquidados a pagar por más de $1.652 millones.
Frente a esta situación, el organismo intimó a la compañía a presentar un plan de regularización y saneamiento, además de recomponer su capital dentro de los plazos previstos por la normativa. Sin embargo, la aseguradora no acreditó la integración de los fondos requeridos ni logró revertir los déficits observados.
La entidad interpuso recursos de apelación contra las resoluciones dictadas por la SSN, los cuales se encuentran pendientes de resolución ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial. No obstante, el organismo recordó que dichos recursos tienen efecto devolutivo, por lo que no suspenden la ejecución de las medidas adoptadas.
En los fundamentos de la resolución, la SSN sostuvo que la insuficiencia de capital compromete la capacidad de la aseguradora para responder a sus obligaciones frente a los asegurados y constituye un riesgo para la estabilidad del sistema asegurador. Asimismo, destacó que las propuestas presentadas por la compañía consistían en proyecciones y expectativas futuras que no representaban una efectiva recomposición patrimonial.
Como consecuencia de la revocación, la compañía queda sujeta a un proceso de disolución automática y liquidación judicial forzosa, conforme a lo establecido por los artículos 49 y 51 de la Ley de Entidades de Seguros y su Control.
Además, la Superintendencia dispuso ampliar el alcance de la inhibición general de bienes para abarcar la totalidad de las cuentas bancarias, cuentas corrientes y billeteras virtuales de la entidad, con el objetivo de preservar su patrimonio en resguardo de los intereses de asegurados y acreedores.
La Nueva Cooperativa de Seguros Limitada opera en el mercado asegurador argentino desde 1948 y se encontraba inscripta en el Registro de Entidades Aseguradoras bajo el número 0163. La resolución podrá ser apelada dentro de los cinco días hábiles previstos por la normativa vigente.